CALIFICACIÓN DE LOS USUARIOS

La calidad de Usuario Industrial de Bienes, de Usuario Industrial de Servicios o de Usuario Comercial se adquiere con la calificación expedida por el Usuario Operador quien debe enviar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, copia del acto de calificación dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su expedición.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dentro de un término de seis (6) meses siguiente al acto de calificación y en ejercicio del control posterior, podrá dejar sin efecto la calificación de los usuarios, cuando se establezca que no cumplieron con los requisitos exigidos, mediante acto administrativo contra el cual únicamente procede el recurso de reposición que deberá interponerse dentro de los 5 días siguiente a su notificación y resolverse dentro de los dos meses siguientes. Ejecutoriado el acto administrativo que deja sin efectos la calificación del usuario se deberá definir la situación jurídica de las mercancías por parte del usuario operador.

EXCLUSIVIDAD

Las personas jurídicas que soliciten la calificación como Usuario Industrial de Bienes y Usuario Industrial de Servicios, deberán estar instaladas exclusivamente en las áreas declaradas como Zona Franca y podrán ostentar simultáneamente las dos calidades. El servicio ofrecido por el Usuario Industrial de servicios deberá ser prestado exclusivamente dentro o desde el área declarada como Zona Franca siempre y cuando no exista desplazamiento físico fuera de la Zona Franca Permanente de quien presta el servicio. La persona jurídica que solicite la calificación como Usuario Comercial no podrá ostentar simultáneamente otra calificación pero el desarrollo de su objeto social no está circunscrito al área declarada como Zona Franca.

CLASIFICACIONES

  • Usuario Industrial de Bienes
  • Usuario Industrial de Servicios
  • Usuario Industrial de Bienes y de Servicios
  • Usuario Comercial

Es la persona jurídica calificada por el usuario operador instalada exclusivamente en una o varias zonas francas, que produce, transforma o ensambla bienes mediante el procesamiento de materias primas y de productos semi elaborados.

El Usuario Industrial de Servicios es la persona jurídica calificada por el Usuario Operador  para desarrollar, exclusivamente, en una o varias Zonas Francas, entre otras, las siguientes actividades:

1. Logística, transporte, manipulación, distribución, empaque, reempaque, envase, etiquetado o clasificación.
2. Telecomunicaciones, sistemas de tecnología de la información para captura, procesamiento, almacenamiento y transmisión de datos, y organización, gestión u operación de bases de datos.
3. Investigación científica y tecnológica.
4. Asistencia médica, odontológica y en general de salud.
5. Turismo.
6. Reparación, limpieza o pruebas de calidad de bienes.
7. Soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, naves, aeronaves o maquinaria.
8. Auditoria, administración, corretaje, consultoría o similares.

Dicha calificación es la fusión del Usuario Industrial de Bienes y el Usuario Industrial de Servicios.

El Usuario Comercial es la persona jurídica calificada por el Usuario Operador para desarrollar actividades de mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes, en una o varias Zonas Francas.